Las principales características de la moratoria son:
- Plazo de inscripción: Del 17 de febrero al 30 de abril.
- Plazo de pago: Hasta 120 cuotas para obligaciones tributarias y aduaneras y hasta 60 cuotas para aportes y retenciones.
- Condonación: Parcial para los intereses y total para las multas.
- Tasa: 3% mensual fija por un año y a partir de ese momento, tasa variable.
- Empalme; La moratoria permite utilizar todas las devoluciones aprobadas y pendientes de pago que un contribuyente tenga a favor en AFIP, para restarlo de la deuda.
- Alcance: Se puede incluir deuda vencida hasta el 30 de noviembre de 2019 y planes de pago vigentes hasta el 23 de diciembre de 2019 o caducos.
- Beneficio inmediato: Levantamiento de embargos y suspensión de la acción penal.
- Requisito: Contar con el Certificado MiPyme que otorga el Ministerio de Desarrollo Productivo, documento que puede obtenerse hasta el 30 de abril.gracias infobae